Los gastos deducibles son aquella cifra que resta de las ganancias generadas en bruto, siendo esta cantidad con la que se tributa y se pagan impuestos, cabe mencionar que esta cantidad que reduce dichos beneficios es totalmente imprescindible para poder seguir generando y trabajando de manera profesional o empresarial.

Estas cantidades reducidas de la ganancia son divididas en dos aspectos por Hacienda, y son el IVA y el IRPF. Cabe destacar que, gracias a estos descuentos empleados, se contribuye entre todos al sostenimiento de servicios públicos, que favorecen a toda la población por igual.

¿Qué se necesita cumplir para que un gasto sea deducible?

  • Que se relacione directamente y sea completamente necesario para la actividad económica del autónomo.
  • Que los gastos estén correctamente justificados y documentados, pudiendo ser útil contar con una factura que demuestre su existencia. Cabe mencionar que un ticket no es válido como justificación.
  • Que todos los gastos queden contabilizados de la debida manera, mediante libros de cuentas, donde se encuentre registrada la cantidad y corresponda a lo deducido.
  • El periodo de gasto ha de coincidir con el periodo de devengo, es decir, que no supere un periodo impositivo, cuya duración es de 12 meses.
  • El gasto ha de tener origen patrimonial que sea propiedad del autónomo que contribuye.
  • Que dicho gasto cumpla con el principio de causalidad, que sentencia que las causas han de preceder siempre a su propio efecto.

Ejemplos de gastos deducibles de IRPF e IVA a autónomos

Según la Agencia Tributaria, algunos de estos serían la clase de gastos a aplicar deducciones:

Servicios profesionales independientes: Honorarios profesionales que incluyan a notarios, consultores, abogados, etc.

Consumos de explotación: Se cotiza todo referente a la compra de materia prima, mercadería, materiales de oficina, envases, embalajes, etc.

Arrendamientos y cánones: Todo lo que se gaste en alquileres, leasing o en similares.

Otros servicios exteriores: Servicios de transporte, publicidad, marketing, servicios bancarios, etc.

Salarios y sueldos: Claramente la paga correspondiente por los servicios prestados de cada trabajador.

Seguridad social a cargo de la empresa.

Otros gastos de personal: Aquí se incluyen los gastos en indemnizaciones, planes de pensiones, formación, seguro de accidentes, obsequios a trabajadores etc.

Amortizaciones y provisiones: Las amortizaciones se dirigen a los activos del autónomo, las provisiones a los pasivos.

Tributos fiscalmente deducibles: En esta categoría, se incluye el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) o el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).

Reparaciones y conservación: Se incluyen los gastos en reparaciones y mantenimiento de las instalaciones o de la conservación del material laboral, sin embargo, hay que tomar en cuenta que en esta categoría no entran las ampliaciones y construcciones.

Pérdidas por deterioro de elementos patrimoniales: Referentes a su valor.

Incentivos al mecenazg: Entran los convenios en colaboración con gastos que se originen de esta actividad.

Gastos financieros: Todo menos los gastos que hayan sido producto del capital del autónomo.

Seguros de enfermedad: Los seguros de vida no se incluyen en esta categoría.

Pérdidas por insolvencias de deudores.

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