Si te has lanzado al mundo del emprendimiento, no podemos darte más que la enhorabuena: la decisión no es fácil; la motivación, las ganas, la ilusión y, sobre todo, tu proyecto y la confianza en él, hacen que ya seas digno de admiración.
Por ello, es importante que pares 5 minutos para que seamos nosotros quienes, con unos sencillos consejos legales para jóvenes emprendedores, te echemos una mano en el aspecto legislativo y burocrático que, siendo necesario para el imprescindible éxito de tu negocio, es algo difícil de poner en práctica. ¡Todo es cuestión de empezar!
Tengo mi local: y ahora, ¿qué?
Empezar es uno de los miedos más comunes entre los emprendedores; el horror vacui o ese miedo al vacío: tu vida como persona de negocios empieza ahora y el primer paso es obtener tu licencia para comenzar con tu empresa.
La licencia de apertura debes solicitarla en el Ayuntamiento de tu localidad y será distinta dependiendo de la forma en la que adquiriste tu local: por ejemplo, no necesitas la misma si se trata de un negocio reformado desde 0 o si solo se trata de un traspaso, en cuyo caso solo cambia la actividad de un propietario a otro.
Un punto importante a tener en cuenta en nuestros consejos legales para emprendedores es que esta es siempre exclusiva, tanto para el negocio como para su dueño, así que es obligatorio que la solicites antes de abrir tu local al público.
Trámites legales principales: escrituras y altas
Aunque parezcan muchos, estos requisitos legales para emprendedores se consiguen con gestiones sencillas, así que no te agobies y, sobre todo, no te saltes ninguno de ellos antes de abrir la puerta a un nuevo mundo empresarial.
- Solicita tu NIF (Número de Identificación Fiscal) en Hacienda.
- Date de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, con relación a la Agencia Tributaria, según el tipo de actividad de tu negocio (empresarial, profesional o artística), mediante los impresos 840 y 848. Si vas a establecerte como autónomo, estás exento de presentar este impuesto (los dos primeros años, y el tercero si tus ingresos no superan el millón de euros/año).
- Solicita el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) de la Seguridad Social.
- Redacta los estatutos sociales, a través de un profesional.
- Inscribe en el Registro Mercantil tu empresa. Debes hacerlo en el plazo de dos meses desde su constitución. Este es el paso definitivo para que empiece a relacionarse en el mercado jurídico y comercial.
- Da fe notarial antes de inscribir tu negocio, sobre todo si sois varios socios, aportando la situación patrimonial de cada uno.
Tips del emprendedor: consejos prácticos
Además de guiarte en los primeros requisitos que debes cumplir antes de abrir un negocio, queremos darte unos consejos legales para jóvenes emprendedores que a todos nos habría gustado recibir antes de empezar. ¡Atento!
- Cumple siempre las obligaciones tributarias (tanto del IAE como del IS).
- Si tienes personal contratado, regula su estado y situación en la Seguridad Social.
- Las cuentas, siempre bien claras, aunque sea entre familia: si sois varios socios, hay un capital mínimo establecido por la ley que debe aportar cada uno en el momento de la constitución de la empresa.
- Evita malos entendidos o dudas: todo por escrito. Desde el acuerdo más simple redactado en un pasillo con un colaborador, por teléfono con un proveedor, hasta los más trascendentales entre socios y, por supuesto, los realizados con los clientes, necesitan el papel.
- Abre cuentas bancarias exclusivas para la empresa.
- Contrata los seguros necesarios que puedan prever posibles situaciones complicadas en un futuro.
- Asesórate en legislación contractual básica y en propiedad intelectual con un profesional del sector.
En un principio, un mínimo de comprensión de los puntos más relevantes en materia laboral y fiscal bastará para empezar a sentar las bases de tu negocio e ir creciendo en fuerza a la vez que en conocimiento. Pero recuerda: el saber no ocupa lugar, y un buen profesional evolucionará al ritmo de su empresa para hacerse igual de exitoso que ella. ¡Buena suerte!
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