Trabajar por cuenta propia no es sencillo. Requiere de un absoluto control de los gastos y de la documentación a tramitar, como la responsabilidad inicial de darse de alta en Hacienda como autónomo, según el sector en el que se encuentre. 

Se trata de un proceso relativamente complejo, sobre todo para personas que no están acostumbradas a lidiar con el ordenamiento jurídico y la normativa legal. Por ello, con esta guía, y de un modo general, práctico y sencillo, te contamos los pasos fundamentales para darte de alta como autónomo en la Administración Pública o Hacienda.

¿Qué hace falta para darse de alta como autónomo en Hacienda? Requisitos y exclusiones

Todos los trabajadores autónomos; es decir, aquellos que ejercen una actividad económica por cuenta propia y a título lucrativo, están obligados a darse de alta (técnicamente, «presentar una declaración censal de alta» en Hacienda), aunque no todos tienen que hacerlo, quedando excluidos:

  • Algunos tipos de socios, como los de cooperativas, colectivos y socios administradores.
  • Religiosos.
  • Familiares colaboradores y familiares de trabajadores agrarios.

Además, deberás acreditar que reúnes una serie de requisitos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores Autónomos:

  • Tener libre disposición de bienes.
  • Ser mayor de edad (<18 años)
  • De ser menor de edad, estar emancipado.
  • Estar registrado en Hacienda y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
  • Desarrollar tu actividad económica sin depender de dirección ajena y de manera habitual; es decir, que es la que permite obtener unos ingresos mensuales más o menos recurrentes, o bien aquella que constituye tu fuente principal de ingresos y por la que emites factura.

¿Qué documentación hace falta para darse de alta como autónomo? Los modelos 036 y 037

Para darse de alta en Hacienda, hay que proceder a la declaración censal a través de uno de los dos modelos existentes, el 036 o el 037, versiones normal y simplificada, respectivamente. Ambos pueden presentarse tanto de forma electrónica (a través de la Sede Electrónica) como presencialmente en la Agencia Tributaria o la Delegación correspondiente. 

Puedes encontrar toda la información sobre su estructura y cómo se cumplimentan en la propia página web de la Administración.

Aparte de estos modelos documentales, necesitarás facilitar unos datos que se te solicitarán a la hora de darte de alta como autónomo en Hacienda:

  • Número de Seguridad Social (NUSS) o Número de Afiliación (NAF).
  • Número de documento de identidad (DNI o NIE).
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Cuantía estimada de tus rendimientos netos mensuales.
  • Datos del domicilio de la actividad profesional.
  • Datos de contacto (teléfono, correo electrónico) y datos bancarios (IBAN).
  • Código de inscripción al IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  • Número de CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).

¿Cuándo hay que tramitar el alta como autónomo en Hacienda? Plazos y consecuencias

Tanto el alta en Hacienda como el de la Seguridad Social deben coincidir, pues tienes que realizarlas hasta 60 días antes de empezar tu actividad o, a lo sumo, el mismo día de su inicio. ¿Qué pasa si tardas más? En este caso, podrán:

  • Privarte de derechos a beneficios sobre la cuota a pagar (por ejemplo, no se aplica la tarifa plana)
  • Aplicarte recargos
  • Sancionarte

Te recomendamos que cuentes con la ayuda de profesionales para evitar cualquier error de forma o fondo. Si necesitas asesoramiento o deseas conocer más acerca de los procedimientos administrativos que debes realizar como autónomo, no dudes en contactarnos.

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