Todos conocemos las series y películas como “Downtown Abbey”, “Criadas y Señoras”, “Domésticas” o “La asistenta”, que retratan de una forma más o menos exacta, el día a día que se desempeñaban en el servicio doméstico en diferentes épocas y situaciones, generalmente distantes de lo que en realidad sucedía, su situación y cómo se valoraba a estas personas.

Dejando atrás las épocas de Grecia y Roma donde este servicio doméstico estaba constituido por esclavos, era una cosa del señor o titular que dirigía la casa en la que se encontraba; situándonos en la Edad Media, hay cierta ruptura con las tradiciones anteriores al encontrarse una escasa regulación de los mismo (Fueros de Valencia del s.XIII), aunque siempre en perjuicio de este grupo y en condiciones adversas.

En la Edad Moderna, se produce una cierta mejora de las condiciones del servicio doméstico, ya no son considerados como meros objetos de intercambio, sino que adquieren otro nivel de obligaciones y mejoras, pero siempre dependiendo de la década que nos encontremos y el territorio. Sin embargo, este servicio doméstico seguía recibiendo un trato desfavorecedor, horarios muy exigentes, condiciones laborales deplorables y salarios mínimos.

Es a partir de la Revolución Industrial, la caída del Antiguo Régimen en varios países europeos y la aprobación de diversas Constituciones las que otorgan indirectamente cierta mejora a este servicio. Desde la década de 1950, y sobre todo desde la entrada del nuevo milenio se han ido sucediendo una mejora de sus condiciones con regulaciones más favorecedoras, llegando a nuestros días y en concreto, en nuestro país, con el Real Decreto-Ley aprobado a principios de este mes por el Consejo de Ministros que da un salto en la regularización de las condiciones de este colectivo.

¿Cómo ha afectado esta regulación a nuestro país?

Esta norma ha supuesto un antes y un después en nuestro ordenamiento jurídico, equiparando totalmente a las personas que trabajan como servicio doméstico al resto de personas ocupadas. Se garantizan unas condiciones de seguridad y de salud de cualquier otra persona, dando además cobertura y garantía salarial a las personas trabajadoras en los contextos de insolvencia y concurso de los empleadores.

Un punto revolucionario ha sido la protección por el desempleo, tras una situación en la que las relaciones laborales eran parciales y de forma temporal, terminando de forma repentina por cambios en el contexto del empleador, que normalmente desembocaba en despidos arbitrarios e injustificados sin ningún tipo de contraprestación, ahora gozarán de bonificaciones y otros beneficios, cotizado por desempleo y al Fondo de Garantía Social a partir del siguiente mes de este año.

Otras victorias de este colectivo profesional son la creación de un reconocimiento de las personas empleadas del hogar, así como de una formación específica para este tipo de puestos de trabajo; en la misma línea, El Ejecutivo se ha comprometido a crear una comisión para conocer las dolencias más comunes de este grupo de trabajadoras.

Debemos de esperar a la aprobación que se haga en el Congreso de los Diputados en los siguientes meses, para conocer el texto definitivo.

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